Renovación de pasaportes

Un pasaporte boliviano es válido por seis años no prorrogables. En caso de caducidad, extravío, sustracción o deterioro, deberá solicitarse un pasaporte nuevo. Para la obtención de un nuevo pasaporte se deberán cumplir los siguientes procedimientos:

Requisitos:

  • Formulario de solicitud de pasaporte (Doc)

     

    DATOS DE IMPORTANCIA PARA EL REGISTRO DE PASAPORTE (PARA EL SOLICITANTE):

    Requisitos:
    • Formulario de registro de datos llenada por el solicitante en 2 copias
    • fotografías fondo celeste claro, cyan o gris tonos claros (3,5 cm. X 4,5 cm.).
    • Pasaporte vencido (original y fotocopia).
    • Cedula de identidad (original y fotocopia).

    Como debe llenar el formulario:
    • El solicitante solo debe llenar los datos que están en la parte inferior
      datos llenados por el solicitante, debe dejar la parte superior vació.
    • El registro de los apellidos paterno, materno y de casada o viuda si
      corresponde, durante la impresión del pasaporte no se consignan los
      tres apellidos, esto debe ser aclarado necesariamente ya que debido a
      las normas internacionales de la OACI solo se imprimen dos apellidos,
      por lo que en el formulario si llenan el campo de apellido de esposo se
      imprimirá con este apellido dejando fuera el apellido materno, lo mismo
      para viudas.
    • Si el solicitante tiene dos o más nombres estos deben incluirse en el
      campo 2do. NOMBRE del formulario de acuerdo al documento
      presentado (C.I. o pasaporte).
    • Solo debe Imprimir la primera hoja

    Características de la Foto.
    • La fotografía debe ser de frente, con ambos ojos visibles y la completitud
      de la cara.
    • El 75% de la imagen debe estar ocupada por el rostro de la persona.
    • La imagen debe ser clara, no debe tener sombras.
    • La iluminación de la foto debe ser uniforme y adecuada en el área de la
      fotografía y tratar de mantener los tonos naturales de la piel.
    • No se admiten sombreros pañuelos u otros aditamentos.
    • La fotografía debe ser la imagen actual del portador.
    • La fotografía no debe tener bordes.
    • La persona NO debe estar sonriendo o haciendo gestos.

     



    Para conocer el costo de cada trámite, que se aplica de acuerdo al Arancel Consular vigente, se deberá consultar a la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios.

    Costo: 85 Sus.

    Revalidacion de Pasaportes (ampliación por un año)

    Revalidacion de Pasaporte: Si usted tiene urgencia porque su pasaporte se ha vencido, PUEDE SOLICITAR LA REVALIDACIÓN POR UN AÑO MÁS.
    Requisitos :

  • Deben presentarse el pasaporte vencido o a vencer.
  • Formulario de solicitud de pasaporte ver enlace». En el Formulario los puntos “CASO” y “NUMERO” serán llenados solo por la representación consular. El formulario puede ser llenado a pulso o máquina. Por favor dejar huella digital de ambas manos.

  • Costo: € 15.- Sus

    Salvoconducto

    En casos de emergencia de viaje: El consulado puede emitir un SALVOCONDUCTO, para retornar al país.

    Requisitos:

  • Carta de solicitud con datos del interesado (email, teléfono y dirección).
  • Formulario llenado con huellas y firma.Formulario Modelo
  • Dos fotografias 3x4.
  • Itinerario de viaje.
  • Copia de documentos C.I. o pasaporte.

  • Se debe enviar todo por correo, fax o scanner al consulado para la verificación de los datos en el centro de computo del Registro Civil de Bolivia.

    Costo: Gratuito

    Requisitos para contraer Matrimonio

    Los documentos para contraer matrimonio son los siguientes:

  • Documento de Identidad.- cédula de Identidad, o RUN, o Libreta de Servicio Militar, o Pasaporte.
  • Certificados de Nacimiento.- de ambos pretendientes.
  • Acta de Manifestación de la voluntad de casarse.
  • Cancelación de anterior partida matrimonial.- En el caso que uno o ambos pretendientes hubieren estado casados con anterioridad.
  • Resolución Judicial de Dispensa emitida por el Juez Instructor de Familia.- en el caso de varones menores de 16 años o mujeres menores de 14 años.
  • Certificado Consular.- En el caso que alguno de los pretendientes sea extranjero.
  • Registro de Matrimonio Consular

    Ciudadanos bolivianos que contraen matrimonio con bolivianos o extranjeros ante un Registro Civil en Alemania o países concurrentes, deberán obtener un certificado de matrimonio consular, para que el mismo tenga validez legal en Bolivia.

    Requisitos:

  • Carta dirigida a la Sección Consular de la Embajada o al Consulado Honorario solicitando registro de matrimonio, Certificado de Matrimonio Consular y Libreta de Familia Consular. Debe incluirse la dirección y teléfono
  • Certificado de Matrimonio Internacional del Registro Civil
  • Fotocopia de los pasaportes de los cónyuges
  • Declaración firmada de dos testigos con copia de sus correspondientes pasaportes o cédulas de identidad

  • Para el llenado de los formularios se requiere la siguiente información:
    FORMULARIO DE REGISTRO

  • Profesión de los esposos
  • Estado civil de los esposos antes del matrimonio
  • Idiomas que hablan los esposos
  • Nombres de los padres de los cónyuges y número de sus pasaportes o cédulas de identidad


  • Costo: 85 Sus incluyendo la libreta de familia y el certificado de matrimonio consular.

    UNA VEZ EFECTUADA LA INSCRIPCIÓN DEL MATRIMONIO TODO CAMBIO DE NOMBRE DEBE SER REALIZADO EN LOS REGISTROS CIVILES DE AMBOS PAÍSES TOMANDO EN CUENTA QUE AMBOS NOMBRES DEBEN SER IDENTICOS

    NORMATIVA LINK CORTE NACIONAL ELECTORAL

    Para conocer el costo de cada trámite, que se aplica de acuerdo al Arancel Consular vigente, se deberá consultar a la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios. Si no pudiera acudir personalmente a recoger los documentos, deberá hacer un depósito a la cuenta de la Embajada y enviar el mismo por correo certificado con la dirección del solicitante y estampillas por el valor de 3,49 € para la devolución de los documentos. La cuenta corriente de la Sección Consular de la Embajada o a las cuentas de los Consulados Honorarios. Consultar a cada Consulado para mayor información al respecto.

    Cambios de Apellidos/nombre después del matrimonio

    Todo cambio de apellido debe ser realizado por la vía administrativa sólo en Bolivia o a través de un poder. ver enlace».

    Los Consulados pueden realizar sólo una aclaración del proceso en el pasaporte o en una certificación sobre el mismo proceso al Registro Civil del lugar en el exterior. Es importante mencionar que, luego ser inscrito el cambio de nombre en la Corte Boliviana, la documentación debe ser llevado a la Identificación para que el pasaporte pueda ser emitido con el nuevo apellido.

    Observación importante: Antes de realizar la inscripción o solicitud de cambio de nombre en Bolivia y si el matrimonio ha sido realizado en el exterior, el documento de matrimonio deber ser inscrito en los consulados o legalizado por el consulado para que el mismo documento tenga valor en Bolivia.

    Contactos
    Dirección Nacional de Registro Civil


    Dirección:
    Av. 6 de Agosto esq. Cordero Nº 2798
    Ver mapa
    Teléfono:
    2433984 – 2430106

    Direcciones Departamentales de Registro Civil
    Corte Departamental Electoral

    Director de Registro Civil
    Chuquisaca.- Dra. Marcela Toro Av. La Paz Nº 585 Telf.: 6453631
    La Paz - Sala Murillo EN ACEFALIA Av. 16 de Julio Nº 20 Telfs.:2316226 y 2363046
    La Paz - Sala Provincias EN ACEFALIA Av. 20 de Octubre Nº 2001 esq. J.J.Pérez Telfs.:2421018 y 2423037
    Cochabamba Dr. Marcelo Rubín de Celis Av. Simón Bolivar Nº 235 Telf.: 4248813
    Oruro.- Dra. Doris Catellón Ascarrumz a.i. Calle La Plata y Aldana Nº 6353 Telfs.:5254011
    Potosí.- Dr. Luis Rojas Latorre Av. Pedro Domingo Murillo Nº 207 al 209 Telfs.:6244800
    Tarija.- Dr. Alberto Mealla Lema alberto.mealla@cne.org.bo Calle Gral. Campero esq. Ingavi Telf.: 6633555
    Santa Cruz.- Dr. Arsenio Romero Vargas Calle Andrés Ibañez esq. 21 de Mayo Telf.: 3365070

    Preguntas frecuentes

    Trámites administrativos de rectificación, complementación, ratificación y cancelación de partidas de Registro Civil por la vía administrativa

    Registro de Nacimiento Consular

    Los hijos de bolivianos nacidos en Alemania o países concurrentes pueden registrarse en la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios de Bolivia. El Certificado de Nacimiento Consular se otorga paralelamente al registro de nacimiento. De acuerdo a la Ley Nº 2616 de 18 de diciembre de 2003, el término legal para la inscripción es de doce años de edad como máximo. Si transcurrió el término legal para la inscripción, el trámite deberá ser realizado directamente ante las oficinas de Registro Civil en Bolivia.

    Este trámite es indispensable para que la nacionalidad boliviana del nacido sea legal.

    Requisitos:

  • Carta dirigida a la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia solicitando registro y Certificado de Nacimiento Consular. Debe incluirse la dirección y teléfono
  • Certificado de Nacimiento Internacional del Registro Civil
  • Fotocopia de los pasaportes de los padres
  • 1 foto del recién nacido tamaño pasaporte 3,5 x 4 cm.
  • Declaración firmada de dos testigos con copia de sus correspondientes pasaportes o cédulas de identidad
  • Certificado boliviano de matrimonio de los padres o Certificado de Matrimonio Consular
  • Costo: Inscripción gratuita, 1er. Certificado de Nacimiento Consular: 2 Sus

  • FORMULARIO MODELO

    Para conocer el costo de cada trámite, que se aplica de acuerdo al Arancel Consular vigente, se deberá consultar a la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios.
    Si no pudiera acudir personalmente a recoger los documentos, deberá enviar un cheque que ascienda al valor total de las tasas correspondientes y un sobre para correo certificado con la dirección del solicitante y estampillas por el valor de 3,49 € para la devolución de los documentos. Existe también la posibilidad de realizar una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la Sección Consular de la Embajada o a las cuentas de los Consulados Honorarios. Consultar a cada Consulado para mayor información al respecto.

    OBSERVACIONES

    Inclusión de menores en el pasaporte de los padres

    De acuerdo a la normativa vigente, no existe la posibilidad de incluir a los menores en el pasaporte del padre o de la madre. Para viajar a Bolivia se DEBE INSCRIBIR AL MENOR EN LOS LIBROS Y CON ESO SE LE EXTENDERÁ UN SALVOCONDUCTO. EL TRÁMITE ES GRÁTIS.

    Solicitud de número de cedula de identidad

    Todo hijo de boliviano tiene derecho a solicitar su número de cédula de identidad. Con este número el boliviano que se encuentra en el extranjero puede adquirir por primera vez su pasaporte boliviano fuera del país. El tramite dura entre tres a seis meses. Este trámite es para el boliviano que no tiene cedula de identidad (niños nacidos fuera del país generalmente, se puede realizar al mismo tiempo del registro del nacimiento).

    Requisitos:

  • CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL O LEGALIZADO
  • CARTA DE SOLICITUD DE LOS PADRES O INTERESADO (A)
  • FOTOCOPIAS DE LOS DOCUMENTOS DE LOS PADRES (CI y/o PASAPORTE)
  • 3 FOTOGRAFIAS 3X3 (FONDO BLANCO)

  • Costo: Gratuito

    Registro de Defunción Consulars

    Los familiares de bolivianos que hayan fallecido en Alemania o países concurrentes deben registrar la defunción del fallecido en la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios de Bolivia. Se extenderá un Certificado de Defunción Consular.
    Este trámite es indispensable para realizar el registro de defunción ante el Registro Civil de Bolivia.

    Requisitos:

  • Carta dirigida a la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia solicitando registro y certificado de defunción consular. Debe incluirse la dirección y teléfono
  • Parte médico legalizado por un juzgado local y traducido al español por traductor jurado
  • Nombre y apellidos y número de la cédula de identidad del médico que haya confirmado la causa del fallecimiento
  • Declaración firmada por dos testigos con copia de sus correspondientes pasaportes o cédulas de identidad
  • Certificado internacional de defunción legalizado por el Registro Civil local
  • Certificado de nacimiento del fallecido
  • Certificado de matrimonio del fallecido
  • Libreta de familia
  • Pasaporte

  • Formulario de Defunción

    Para conocer el costo de cada trámite, que se aplica de acuerdo al Arancel Consular vigente, se deberá consultar a la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios.
    Si no pudiera acudir personalmente a recoger los documentos, deberá enviar un cheque que ascienda al valor total de las tasas correspondientes y un sobre para correo certificado con la dirección del solicitante y estampillas por el valor de 3,49 € para la devolución de los documentos.
    Existe también la posibilidad de realizar una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la Sección Consular de la Embajada o a las cuentas de los Consulados Honorarios. Consultar a cada Consulado para mayor información al respecto.

    Poderes

    El trámite para la otorgación de poderes generales y especiales. La carta poder es solo para los certificados de vivencia ver modelo link, LINK. Para su procesamiento de acuerdo a la normativa vigente deberá tomarse contacto con la Sección Consular de la Embajada por correo electrónico: consulado-berlin@bolivia.de o Consulados Honorarios de Bolivia.

    Requisitos:

  • Carta dirigida a la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia solicitando la extensión de un poder. Debe incluirse la dirección y teléfono
  • Pasaporte vigente (preferentemente además una copia de la cédula de identidad del solicitante)
  • Documento que acredite el domicilio del poderdante
  • Datos completos del apoderado, nombre completo, profesión, cédula de identidad, lugar de emisión y domicilio (preferentemente una copia de la cédula de identidad)
  • Un testigo que presente su C.I. o Pasaporte
  • Contenido del poder a ser procesado Formulario Modelo. El Poder debe ser corregido y adaptado de acuerdo al requerimiento del interesado con asesoria de un abogado.

  • Costo: 85 Sus.

    Para conocer el costo de cada trámite, que se aplica de acuerdo al Arancel Consular vigente, se deberá consultar a la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios.

    Convalidación de títulos escolares, profesionales y académicos

    Para la convalidación en Bolivia de títulos escolares, profesionales y académicos obtenidos en la República Federal de Alemania o países concurrentes, se deberán presentar los siguientes documentos para su legalización.

  • Título o diploma académico
  • Certificado de notas de las asignaturas cursadas
  • Planes y programas analíticos por asignaturas
  • Certificado que acredite la modalidad de graduación

  • Procedimiento:

  • Legalización de los documentos por el instituto de enseñanza que los extendió y por las autoridades estatales correspondientes
  • Legalización de los documentos por la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia acreditados en la República Federal de Alemania o países concurrentes

  • Requisitos:

  • Carta de solicitud dirigida a la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia. Debe incluirse la dirección y teléfono
  • Documentos originales debidamente legalizados
  • Todos los documentos requieren la traducción jurada al español
  • Una copia tanto de los documentos originales como de las traducciones juradas respectivas para el archivo consular
  • Dirección y números de teléfono/fax de la institución de enseñanza en cuestión


  • Para mayor información visitar la página web del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana. Ver: www.ceub.edu.bo

    Para conocer el costo de cada trámite, que se aplica de acuerdo al Arancel Consular vigente, se deberá consultar a la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios.
    El trámite de legalización se puede realizar personalmente o por correo. Si se lo hace por correo se debe incluir en su envío un cheque que ascienda al valor total de las tasas correspondientes y un sobre para correo certificado con la dirección del solicitante y estampillas por el valor de 3,49 € para la devolución de los documentos.
    Existe también la posibilidad de realizar una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la Sección Consular de la Embajada o a las cuentas de los Consulados Honorarios. Consultar a cada Consulado para mayor información al respecto.

    Permiso de viaje para menores de 18 años

    Caso de menores bolivianos

    De acuerdo a la normativa boliviana, los menores de 18 años de edad deberán contar con un permiso de viaje que deberá ser otorgado por ambos padres en un Consulado de Bolivia.

    El trámite es personal y el procedimiento requiere la presentación de:

  • Solicitud escrita
  • Documentación probatoria de la identidad de ambos padres y del hijo (s)

  • Costo: 9 Sus.
    MODELO DE PERMISO DE VIAJE DE MENOR ver enlace»
    Para conocer el costo de cada trámite, que se aplica de acuerdo al Arancel Consular vigente, se deberá consultar a la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios.

    Caso de menores extranjeros

    En el caso de menores no bolivianos, el procedimiento deberá sujetarse a las normas del país respectivo.

    Retorno de bolivianos a Bolivia

    De acuerdo a la Ley General de Aduanas de 28 de julio de 1999 y el Decreto Supremo Nº 25870 de 11 de agosto de 2000, los no residentes en el país y los bolivianos que retornan a territorio nacional para fijar su residencia en Bolivia, podrán después de demostrar fehacientemente su permanencia en el exterior de por lo menos dos años inmediatamente anteriores a la fecha de retorno, introducir su menaje doméstico libre de impuestos de ingreso con un valor máximo de $us. 35.000.- dólares americanos. Ver www.aduana.gov.bo

    INFORMACIÓN DETALLADA, ABRIR LINK

    Donaciones

    A PARTIR DEL AÑO 2009
    TODA DONACIÓN DEBE IR A NOMBRE DE - INSTITUCIONES ESTATALES - .

    ESTE ENVÍO DEBE SER COORDINADO ANTES DEL ENVÍO CON LOS MINISTERIOS CORRESPONDIENTES DE DONDE DEPENDEN LAS ALCALDÍAS DEL LUGAR DONDE SERÁ ENVIADA LA DONACIÓN.

    La donación de bienes a instituciones bolivianas está regulada por el Decreto Supremo Nº 22225 de 13 de julio de 1989, que establece como requisito para el trámite de exención de aranceles el "Certificado o Acta de Donación" que deberá contar con un sello de "VISTO en el Consulado de Bolivia". Para este fin los interesados deberán presentar al respectivo Consulado:

  • Carta de solicitud dirigida a la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia. Debe incluirse la dirección y teléfono
  • Certificado o Acta de Donación en español


  • El certificado de donación deberá presentarse en papel oficial de la institución donante y contener la siguiente información:

  • Nombre de la institución o repartición estatal que va a recibir la donación en Bolivia.
  • Una descripción detallada del bien objeto de la donación
  • El valor FOB o CIF en dólares americanos o el costo real del bien. En caso de no tener un valor específico deberá llevar un valor nominal, para fines de trámite en la Aduana Nacional de Bolivia.
  • Firma, nombre y cargo del donante.
  • LUEGO DE LA EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE DONACIÓN, TODO SEGUIMIENTO DEL PROCESO DEBE SER REALIZADO CON ASESORIA DE LA CANCILLERIA DE BOLIVIA, OFICINA DE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES www.rree.gov.bo; Email: mreuno@rree.gov.bo

    Costo: Gratuito

    El trámite se puede realizar personalmente o por correo. Si se lo hace por correo se debe incluir en su envío un sobre para correo certificado con la dirección del solicitante y estampillas por el valor de 3,49 € para la devolución de los documentos.

    Exenciones tributarias para Importadores

    Transporte de animales a Bolivia

    Para llevar animales a Bolivia deberán cumplirse los siguientes procedimientos:

  • Carta de solicitud dirigida a la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia. Debe incluirse la dirección y teléfono
  • Certificado de salud emitido por un veterinario que incluya vacunación contra la rabia, administrada por lo menos tres meses antes del viaje debidamente legalizado y traducido al español.


  • Para conocer el costo de cada trámite, que se aplica de acuerdo al Arancel Consular vigente, se deberá consultar a la Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios.

    El trámite de legalización se puede realizar personalmente o por correo. Si se lo hace por correo se debe incluir el comprobante de deposito bancario en un sobre con la dirección del solicitante y estampillas por el valor de 3,49 € para la devolución de los documentos La transferencia bancaria debe ser realizada a la cuenta corriente de la Sección Consular de la Embajada o a las cuentas de los Consulados Honorarios. Consultar a cada Consulado para mayor información al respecto.

    Cuenta corriente de la Sección Consular de la Embajada

    Nombre de la cuenta:  Botschaft Bolivien - Valores Fiscales
    Nº de la cuenta:  266001701
    Banco:  Commerzbank Berlin
    Código del banco:  100 400 00
    Referencia:  Indicar trámite
    Depositante:  Indicar nombre del depositante
    IBAN:  DE19 1004 0000 0266 0017 01
    BIC:  COBADEFFXXX

    INFORMACIÓN ÚTIL

    Alcaldia de Berlín: www.berlin.de
    Información útil para realizar un viaje por sudamerica: www.fitac.org
    Guia del Migrante LINK
    Corte Nacional electoral: www.cne.org.bo
    Hospitales: www.charite.de
    Medicos: LINK
    Abogados:
    Apoyo Social:
    Turismo en Berlin:
    Turismo en Bolivia: